El FFIE podrá apoyar la recuperación de infraestructura de universidades públicas afectadas por el terremoto

Fachada y corredores del bloque de aulas de una sede educativa”

El Fondo de Financiamiento de Infraestructura Educativa recibió facultades temporales para la recuperación de las instalaciones de instituciones de educación superior públicas afectadas por el terremoto del 10 de agosto.

Fachada y corredores del bloque de aulas de una sede educativa”

La recuperación de los espacios destinados a la educación superior fue una de las prioridades dentro de las medidas adoptadas por el Gobierno nacional tras el terremoto ocurrido el pasado 10 de agosto. Como parte de esta respuesta, se amplió temporalmente el alcance del Fondo de Financiamiento de la Infraestructura Educativa (FFIE), permitiéndole participar en la atención de los daños ocasionados en las universidades públicas de los territorios afectados.

Esta decisión quedó establecida mediante el Decreto 1421 del 17 de septiembre de 2026, que facultó al FFIE para viabilizar, financiar, estructurar y ejecutar proyectos de construcción, mejoramiento, adecuación, ampliación, rehabilitación y dotación de infraestructura en instituciones de educación superior públicas ubicadas en los municipios incluidos en la declaratoria de emergencia.

Con esta disposición, el FFIE pudo ampliar su capacidad de intervención en el sector educativo y poner su experiencia en la gestión de proyectos de infraestructura al servicio de la recuperación de los espacios universitarios, contribuyendo al restablecimiento de las condiciones necesarias para el desarrollo de las actividades académicas.

Con la medida, el FFIE podrá viabilizar, financiar, estructurar y ejecutar proyectos de construcción, mejoramiento, adecuación, ampliación, rehabilitación y dotación de la infraestructura de la educación superior pública en las zonas que sufrieron afectaciones tras el sismo.

Criterios y mecanismos de ejecución

  • Evaluación técnica: cada proyecto contará con una verificación y valoración técnica previa que determine con precisión el alcance de las intervenciones y el costo estimado de las obras.
  • Priorización de proyectos: las intervenciones se priorizarán con base en los criterios técnicos, territoriales y presupuestales que defina el Ministerio de Educación Nacional, conforme a la disponibilidad de recursos.
  • Fuentes de financiación: las obras se financiarán con los recursos asignados a la atención de la emergencia, incluyendo aquellos provenientes del Presupuesto General de la Nación que sean priorizados de acuerdo con las disponibilidadespresupuestales.
  • Vigencia y destinación exclusiva: la medida adoptada estará vigente hasta la declaratoria oficial del retorno a la normalidad (según el artículo 64 de la Ley 1523 de 2012) y se aplicará de forma estricta a obras vinculadas con las afectaciones causadas por el terremoto.